sábado, 13 de mayo de 2017

principios del derecho laboral

Resumen La Constitución Política de 1991, declara desde su artículo 1 que Colombia “es un Estado social de derecho”, por tal razón, el Estado tiene un papel de promotor del desarrollo y la justicia sociales, para combatir las desigualdades humanas con sus mecanismos políticos y económicos. En esta órbita de aspiraciones políticas y sociales se encuentran en un plano prevalente los principios del derecho laboral, que resultan primordiales en razón de que posibilitan los medios de subsistencia, y la calidad de ésta, para el mayor número de la población; en razón de que son un factor económico del cual dependen de manera general el crecimiento y desarrollo económico; y en razón de que de ellos se desprenden variadas y complejas relaciones sociales concurrentes y divergentes en punto a los intereses que en ellas se traban.

Favorabilidad:
  El principio de favorabilidad indica que cuando coexistan normas laborales de distinto origen, que regulan una misma materia y se aplican a la solución del mismo caso, en este evento se aplica la norma más favorable al trabajador. Además, este principio genera la inescindibilidad o congloba miento, es decir, no se puede extraer de cada norma lo favorable y armar un nuevo texto; solo se puede escoger una norma y aplicarla en su integridad. Sin embargo, saber si una norma es o no favorable a un trabajador no depende de la apreciación subjetiva de los interesados, sino que se resuelve objetivamente en función de los motivos que han inspirado las normas.
















In dubio pro operario: El principio del in dubio pro operario indica la existencia de una sola norma que admite dos o más interpretaciones diversas aplicables a un hecho concreto; entonces en este caso se toma la interpretación más favorable al trabajador.














Estabilidad: En Colombia consagran la estabilidad en el empleo los artículos 53 y 125 de la Constitución. El primero es alusivo a todos los trabajadores y el segundo aplicable a los servidores del Estado. Este principio se erige en factor primordial de protección para el trabajador y, en cuanto se refiere a los servidores públicos, se traduce también en una forma de garantizar la eficacia en el cumplimiento de las funciones confiadas al Estado. Por tal razón, la estabilidad en el empleo tiene un doble fin, derivado del principio de seguridad. Por un lado, garantizar un medio para el sustento vital y, por otro, garantizar la trascendencia del individuo en la sociedad por medio del trabajo, en atención a la sociabilidad del hombre, que busca otras satisfacciones personales en el trabajo además de la remuneración: posición ante la sociedad, estimación, cooperación y desarrollo de su personalidad.

 












Los principales ejemplos del principio de estabilidad son:

 Los empleados públicos de carrera administrativa: son aquellos que se encuentran vinculados a un sistema técnico de administración de personal denominado Carrera Administrativa.

 El anterior sistema busca el siguiente objetivo: Garantizar la eficiencia de la administración pública y ofrecer estabilidad e igualdad de oportunidades para el acceso y el ascenso al servicio público. Para alcanzar este objetivo, el ingreso y la permanencia en los empleos de carrera administrativa se hará exclusivamente con base en el mérito, mediante procesos de selección en los que se garantice la transparencia y la objetividad, sin discriminación alguna.

El fuero sindical: se denomina “fuero sindical” la garantía de que gozan algunos 
trabajadores de no ser despedidos, ni desmejorados en sus condiciones de trabajo, ni trasladados a otros establecimientos de la misma empresa o a un municipio distinto, sin justa causa, previamente calificada por el juez de trabajo.














El fuero de maternidad: ninguna trabajadora puede ser despedida por motivo de embarazo o lactancia. El fuero circunstancial: los trabajadores que hubieren presentado al patrono un pliego de peticiones no podrán ser despedidos sin justa causa comprobada, desde la fecha de la presentación del pliego y durante los términos legales de las etapas establecidas para el arreglo del conflicto.





















El fuero por discapacidad: en ningún caso la limitación de una persona, podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el cargo que se va a desempeñar. Así mismo, ninguna persona limitada podrá ser despedida o su contrato terminado por razón de su limitación, salvo que medie autorización de la oficina de trabajo. No obstante, quienes fueren despedidos o su contrato terminado por razón de su limitación, sin el cumplimiento del requisito previsto en el inciso anterior, tendrán derecho a una indemnización equivalente a ciento ochenta días del salario, sin perjuicio de las demás prestaciones e indemnizaciones a que hubiere lugar de acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo y demás normas que lo modifiquen, adicionen, complementen o aclaren.


















Irrenunciabilidad: Uno de los principios enunciados por el artículo 53 de la Constitución es el de “… Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales…”. Se observa, entonces, que la filosofía de la irrenunciabilidad tiene desarrollo legal suficiente, con fundamento en el carácter de orden público que se reconoce a las normas del trabajo, vale decir, que el cumplimiento de ellas es estimado como esencial para la conservación del orden social.













Derecho adquirido: puede invocarse respecto de aquellos derechos laborales que el funcionario ha consolidado durante su vínculo. Por derecho adquirido ha entendido la doctrina y la jurisprudencia, aquel derecho que ha entrado al patrimonio de una persona natural o jurídica, que hace parte de él y, que por lo mismo, no puede ser arrebatado o vulnerado por quien lo creó o reconoció legítimamente.













Mínimo vital El mínimo vital es, sin lugar a dudas, un principio constitucional que debe ser garantizado por el Estado. Consiste en mantener la capacidad adquisitiva de los trabajadores en aras de no desmejorar su calidad de vida; lo que se busca es dar la opción de progreso.
Los trabajadores, según el Art. 53 de la Constitución, tienen derecho a una remuneración mínima, vital y móvil, lo cual significa que el desempeño de sus labores está condicionado al pago periódico de las sumas que el patrono se obliga a cancelarles.




































22 comentarios:

  1. Natalia tu blog quedo muy completo y esta bien hecho.

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  2. me gusta tu blog esta muy bien hecho y muy bien especificado.

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  3. Muy bien hecho tu blog, tienes muy bien especificado cada concepto y mayor eficacia.

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  4. tu blog esta muy bien elaborado, y estructurado, me parece bien sus imágenes y teoria, solo le pondria un diseño mas llamativo

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  5. Natalia, me parece que tu blog está muy completo, le anexaste las imágenes necesarias para que no fuera tan teórico, y me pareció muy interesante que le incluyeras el video ya que muy pocos blogs lo tienen

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  6. Esta muy completo tu blogg explica detalladamente cada concepto. y me gusta mucho que tengas un fondo blanco para meyor claridad de la letra

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  7. Natalia opino que tú blog está bien elaborado, la temática está muy bien explicada.

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  8. El blog esta muy bien elaborado, y los conceptos los explicas muy bien

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  9. me gusta la estetica de tu blog las imagenes y de informacion me parece que esta bien

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  10. Tu blog esta muy bien elaborado, explicastes muy cada uno de los temas

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  11. Mujer tienes los conceptos muy bien redactados y claros, las imágenes son adecuadas para cada situación y muy completo tu trabajo.

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  12. Tienes información completa y precisa, las imagenes son apropiadas, muy bien.

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  13. Las imágenes son acorde con la temática y la información es muy extensa.

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  14. tienes una información muy completa y muy interesante

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  15. Tu contenido esta muy sobrio, tiene muy buena apariencia y orden.

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  16. Me parece que esta bien redactado el resumen esta completo ya que las imagenes van acorde al contenido.

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  17. el blog tiene información muy clara y completa.el color del fondo es agradable y las imágenes complementan muy bien cada tema.

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  18. que bien natalia se te nota la dedicación del trabajo con imágenes aplicadas a cada concepto y un vídeo muy fundamental.

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  19. Muy bien estructurado y completo tu blog, muy completa la información que plasmaste en el.

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  20. muy bien argumentado , y muy bonito el diseño de tu pagina

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